Facturación electrónica (DTE) para psicólogos en El Salvador
Si factura como psicólogo independiente en El Salvador, hay una fecha que debería tener marcada: el 1 de diciembre de 2026. Esta guía resume qué cambia con la nueva normativa DTE 2.0, cómo funciona hoy el IVA para un profesional independiente, y qué hace —y qué no hace— Nerela por usted.
Antes de empezar: esto es una guía general, no asesoría fiscal. Los umbrales, porcentajes y fechas cambian con reformas; confirme siempre las cifras vigentes con su contador o directamente en mh.gob.sv antes de decidir cómo factura.
El cambio grande: el DTE se vuelve obligatorio para todos en diciembre de 2026
El Documento Tributario Electrónico (DTE) es el sistema de facturación electrónica que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) viene implementando desde enero de 2023, empezando por los contribuyentes más grandes. Con la Normativa de Cumplimiento de los Documentos Tributarios Electrónicos versión 2.0 —la actualización más importante desde su lanzamiento— el Ministerio de Hacienda extiende la obligación a la totalidad del padrón de contribuyentes, y nombra explícitamente a los profesionales liberales —médicos, abogados, ingenieros, consultores independientes, y por la misma lógica, psicólogos con actividad económica registrada— como uno de los grupos prioritarios de este último tramo.
La fecha límite de la actualización 2.0 es el 1 de diciembre de 2026. Si hoy todavía emite recibos en papel o en Word, esta es la señal para empezar a resolverlo, no para esperar a último momento.
¿Soy "sujeto excluido" o tengo que cobrar IVA?
El IVA en El Salvador es del 13%. No todos los profesionales independientes están obligados a cobrarlo desde el primer dólar: la Ley de IVA define al "sujeto excluido" como quien, en los doce meses anteriores, no superó cierto monto de ingresos por transferencias de bienes o servicios —la referencia histórica de la ley son cincuenta mil colones, equivalentes a unos $5,714.29 al tipo de cambio fijo de la dolarización— y cuyo total de activos es menor a unos $2,285.71 (veinte mil colones).
| Situación | Qué factura | Qué cobra |
|---|---|---|
| Por debajo del umbral (sujeto excluido) | Factura de Sujeto Excluido | No cobra IVA, pero igual lleva registro de ingresos y gastos |
| Por encima del umbral | Comprobante como contribuyente registrado de IVA | Cobra el 13% de IVA |
Montos de referencia derivados de la Ley de IVA y su equivalencia histórica en dólares; confírmelos con su contador antes de decidir su régimen, porque el criterio exacto y las cifras actualizadas las fija Hacienda.
Sobre si la psicología paga IVA: los servicios de salud en general —atenciones médicas, hospitalización, laboratorio clínico— tienen tratamiento distinto en la Ley de IVA. Si su actividad concreta de psicología clínica aplica o no una exención depende de cómo esté registrada su actividad económica ante Hacienda. No lo dé por sentado en ningún sentido: verifíquelo con su contador antes de emitir su primera factura.
La retención del 10% cuando alguien más le paga
Si presta servicios a una empresa o institución —no a una persona particular que paga de su bolsillo—, quien le contrata puede estar obligado a retenerle un 10% del monto pagado, como anticipo a cuenta de su Impuesto sobre la Renta (ISR), conforme a la Ley de Impuesto sobre la Renta. Esa retención no es un costo adicional para usted: se descuenta de lo que le corresponde pagar de renta al final del ejercicio. Pídale siempre a quien le retiene la constancia correspondiente.
El Impuesto sobre la Renta, en términos generales
Como profesional independiente, sus ingresos por servicios están sujetos al ISR según tramos progresivos: hay un primer tramo exento, y tramos crecientes del 10%, 20% y 30% conforme aumenta el ingreso anual. Los montos exactos de cada tramo y las deducciones que puede aplicar (gastos del consultorio, colegiatura si corresponde, etc.) cambian con reformas fiscales — pídale a su contador la tabla vigente antes de estimar cuánto le queda neto.
Su recibo, ordenado desde el primer día
Nerela numera y encadena cada factura-recibo automáticamente, para que nunca tenga que reconstruir su historial a mano.
Qué es —y qué no es— la factura-recibo de Nerela
Nerela emite una factura-recibo en PDF por cada sesión: numeración correlativa automática, sus datos y los del paciente, y un encadenado por hash SHA-256 que hace evidente cualquier alteración posterior. Es su comprobante profesional — lo que usa para cobrar, para que su paciente presente ante su seguro, y para tener su propio historial ordenado.
Eso no es el DTE. El DTE lo genera y transmite un sistema certificado ante la DGII, con la firma y estructura de datos que exige la normativa. Si su actividad ya está —o va a quedar, con la obligatoriedad de diciembre de 2026— dentro del sistema DTE, necesita ese sistema certificado además de Nerela: uno para el trámite ante Hacienda, Nerela para la agenda, la ficha clínica, el cobro al paciente con enlace de pago y sus informes de ingresos.
Los primeros pasos si todavía no está registrado
- Tramite su NIT (Número de Identificación Tributaria) ante el Ministerio de Hacienda, si aún no lo tiene.
- Decida, con su contador, si su volumen de ingresos lo ubica como sujeto excluido o como contribuyente de IVA.
- Si va a quedar dentro de la obligación de DTE —o quiere adelantarse antes de diciembre de 2026—, contrate un proveedor de facturación electrónica certificado por la DGII.
- Configure Nerela para el resto: agenda, ficha clínica, cobro y factura-recibo del día a día.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el DTE y desde cuándo es obligatorio para psicólogos?+
El Documento Tributario Electrónico (DTE) es el comprobante fiscal que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) exige generar y transmitir por un sistema certificado. Con la normativa DTE 2.0, se vuelve obligatorio para la totalidad del padrón de contribuyentes —con los profesionales liberales nombrados como grupo prioritario— a partir del 1 de diciembre de 2026.
¿Qué es un "sujeto excluido" del IVA?+
Es quien, por tener ingresos por servicios por debajo de cierto umbral anual (referencia histórica de cincuenta mil colones, unos $5,714.29) y activos bajos (unos $2,285.71), no está obligado a cobrar el 13% de IVA. En su lugar emite la Factura de Sujeto Excluido, y de todas formas debe llevar un registro ordenado de sus ingresos y gastos. Confirme los montos vigentes con su contador o en mh.gob.sv, porque las cifras de referencia pueden actualizarse.
¿Nerela genera el DTE por mí?+
No. Nerela emite una factura-recibo en PDF con numeración correlativa y encadenado por hash SHA-256 — su comprobante profesional para usted y su paciente. El DTE lo genera y transmite un sistema certificado ante la DGII. Use Nerela para la agenda, la ficha clínica y el cobro, y mantenga su sistema de facturación electrónica para el DTE.
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